La medida, contenida en la resolución 709 publicada en el Boletín Oficial, indica que la reforma al régimen que regía al año 1990 se elaboró teniendo en cuenta los pedidos y las propuestas hechas por la propia Sociedad Argentina de Locutores (SAL) y la Confederación Sindical de Trabajadores de Medios de Comunicación.
Una de las tareas exclusivas de locutoras y locutores matriculados, es difundir avisos comerciales, mensajes publicitarios o de propaganda, de cualquier naturaleza, promocionales, institucionales y comunicados.
Si bien esto lo estipula la ley muchos periodistas y/o conductores que no son locutores, violan constantemente esta resolución y los organismos que deben inspeccionar estos hechos muchas veces no dan abasto.
Algunos de los conductores y conductoras que violan sistemáticamente esta medida se detallan a continuación:
Todas las tardes a las 19.00 en la señal Fox Sports, se emite el programa “Fox Sports Radio” habitualmente conducido por el “Pollo” Vignolo.
El periodista y relator de futbol pronuncia publicidades ) sin poseer matrícula de locutor nacional), entre ellas la de yerba “Amanda” junto a una señorita panelista que también menciona la marca y que por sus cualidades vocales, no debe poseer la habilitación correspondiente.
Hace unos días el periodista deportivo Gustavo Lopez, ante la ausencia de Vignolo fue él mismo quien se encargo de decir las publicidades al aire.
Vale recordar que este programa se emite en DUPLEX por la señal mencionada y por RADIO DEL PLATA.
Por otro lado y violando de la misma manera una de las funciones exclusivas del locutor nacional, en el programa “Zapping Diario”, se leen los avisos comerciales sin remate de locutor o locutora habilitada y en el mismo programa, el PNT antes de la publicidad lo hace Amalia Granata.
En “Intrusos” por América TV, todos los días ocurre lo mismo con el aviso comercial “Herbal Essences” su conductor lee la publicidad y no tiene remate de locutor/a.
Fuente: EstiloRadio



































Agosto 1st, 2011 on 20:26
Estimados colegas locutores, es cierto lo que se dice de la resolución 709 de 1990 respecto de la ley 222885.
Pero cabe aclarar que al haber sido derogada esa ley en virtud de la nueva de servicios audiovisuales, toda norma referida a aquella (la 22285) queda derogada automaticamente; así como también cualquier resolución y/o reglamento que no esté contenido en la nueva norma.
Por lo tanto las personas que no estan matriculadas como profesionales de la voz, léase “locutores nacionales”, no pueden emitir publicidad al aire por radio ni por tv, en ninguna de sus formas (grabadas o en vivo) en ninguna circunstancia.
ante cualquier duda es posible consultar con un abogado.